sábado, 2 de enero de 2010

PRESENTACION DE ESTADOS FINACIEROS BASICOS EN LA ASOCIACIONES COOPERATIVAS Y LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS EN VENEZUELA.- PRIMERA PARTE

La Superintendencia Nacional de Cooperativas, como organismo regulador de las asociaciones cooperativas; ha realizado en el transcurso de estos últimos seis años una seria de providencias administrativas que han contribuido a simplificar y agilizar los procedimientos administrativos necesarios para la evaluación y control de las empresas cooperativas, pero, que al mismo tiempo se han alejado de las doctrinas modernas recientemente adoptadas bajo la figura de los “Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Venezuela”.

En este primer boletín, nos concentraremos en dos de estos principios contables: DPC-0: NORMAS BASICAS Y PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD, y DPC-10: NORMAS PARA LA ELABORACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS AJUSTADOS POR INFLACION.

El párrafo 16 de la DPC-0, expresa que son cuatro los estados financieros que normalmente se incluyen, cuando se requiere presentar estados financieros de cualquier entidad, estos son: Balance general, estado de resultados, estado de variación patrimonial y estado de flujo del efectivo. El 16 de junio del 2004, la SUNACOOP emite la providencia administrativa 005, haciendo referencia a la presentación de estados financieros por parte de las asociaciones cooperativas en su articulo primero de la siguiente manera: Las cooperativas y organismos de integración… …deberán… …remitir a la Superintendencia Nacional de Cooperativas, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la realización de la Asamblea, los siguientes documentos: Los estados financieros básicos correspondientes al Ejercicio Económico terminado y presentados en la Asamblea, codificados de acuerdo al Plan Único de Cuentas emanado de la Superintendencia Nacional de Cooperativas con los siguientes anexos integrantes: El estado de flujo de efectivo y movimiento de las cuentas de patrimonio. Considerando que los estados financieros básicos, hace referencia al balance general y estado de resultados, concluimos que tal providencia esta de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados en Venezuela, y específicamente a la DPC-0.

Posteriormente, la providencia administrativa 005, es derogado de manera total, por la providencia administrativa 034-05 del 14 de octubre del 2005, que curiosamente es una cita textual de la anterior, y no deroga ninguna de las ideas planteadas por la providencia administrativa 005; por la cual se mantiene la compatibilidad entre esta y la declaración de principios de contabilidad generalmente aceptados en Venezuela. El 30 de mayo del 2007, la SUNACOOP emite la providencia administrativa 186-7, que deroga totalmente a la providencia administrativa 034-05; dicha providencia tiene dos efectos significativos, por una parte simplifica los requerimientos de presentación de información, al no incluir los estados anexos como son: el estado de variación patrimonial y estado de resultados; y por otra, se desliga totalmente de los principios de contabilidad generalmente aceptados, al no considerar dichos anexos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario