miércoles, 21 de noviembre de 2012

El Plan Nacional de Fiscalización




Con fecha, 26 de noviembre de 2009, la Dirección de Gestión y Desarrollo Cooperativo, de la Superintendencia Nacional de Cooperativa (SUNACOOP), emitió el memorando Nº DGDC-3573-9 de la misma fecha, el cual ordena a todas las Coordinaciones Regionales de la Sunacoop, el dar cumplimiento con las metas establecidas en el Plan Nacional de Fiscalización.


Independientemente, de si el "Plan Nacional de Fiscalización", es solo un circular interno, de la Superintendencia Nacional de Cooperativas, la Dirección de Gestión y Desarrollo Cooperativo, esta facultada para la aplicación, supervisión y control, de cualquier plan, que permita la fiscalización, en un momento determinado de las asociaciones cooperativas, que hacen vida en el país.


Efectivamente, dicha dirección, se encarga de realizar el seguimiento y control a la gestión de las cooperativas; a tal efecto, debe diseñar sistemas de dirección social y de fiscalización. Todo ello con la finalidad de fortalecer la economía social.


Sin embargo, una carencia de comunicación que permita la retroalimentación (feedback) de la institución con las asociaciones cooperativas; es la constante desde hace ya varios años. La pagina Web, de la Sunacoop, ya no existe; medio por el cual, los cooperativistas; podrían mantenerse informado de las políticas presentes y futuras de dicha institución, así como de canalizar quejas y denuncias desde y hacia la institución.


Son muy pocas, o casi inexistentes los artículos de prensa regionales, o nacionales que publiquen en referencia a los acontecimientos del movimiento cooperativo venezolano. Pareciera, que el mismo ha entrado en un largo letargo, producto del desinterés del nacional ejecutivo, en este tipo de empresas.


La fiscalización que se realiza, por mandato de la Dirección de Gestión y Desarrollo Cooperativo, obliga, entre otras, al cumplimiento de registro de eventos de reuniones en los libros de actas de todas las instancias establecidas en la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas., así como también las establecidas de manera estatutarias, tales como los comités y las comisiones.


Resulta bastante frustrante, para el cooperativista venezolano, la falta de información precisa y veraz, de como deben ser llenados dichos libros de actas, si estas deben ser protocolizados previamente ante algún organismo, cual seria dicho organismo y como serian las normas mínimas para realizar tales transcripciones.


De nuevo nos topamos con una falta de información casi absoluta, que sumado a un Plan de fiscalización nacional de cooperativas, de la cual no conocemos de su misión, visión y objetivos generales y específicos; redunda en toda una serie de arbitrariedades que les aseguro que no beneficia en nada al movimiento cooperativo venezolano.


Bueno., es conveniente para la Superintendencia Nacional de Cooperativas, realizar previamente ante un régimen de fiscalización, programas de orientación y capacitación constantes y efectivas, incluyendo una pagina web institucional, donde se provean de suficientes recursos orientadores e instructivos que guíen al movimiento cooperativo, a un correcto y sano sistema de gestión y control administrativo, que faciliten los controles para ambos actores, permitiendo ademas, la retroalimentación; que conviertan a dicha institución en una aliada del movimiento cooperativo, y no solamente en un ente fiscalizador y controlador.


Lo demás seria como arar en el desierto....




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