sábado, 10 de abril de 2010

QUE PASA CON LA ADOPCION DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD Y LAS COOPERATIVAS

Recientemente, el Directorio Nacional Ampliado de la Federacion de Colegios de Contadores Publicos de Venezuela, reunidos el 17 de octubre del 2009, considero la adopcion de las Normas Internacionales de Informacion Financiera para la Pequena y Medianas Entidades, las cuales deben ser aplicadas de manera obligatoria a partir del 01 de enero del 2011.

Sin embargo, no fue sino en la reunion del Directorio Nacional Ampliado, en la Ciudad de Cumana, los dias 05 y 06 de marzo, cuando se considero, utilizar los terminos de entidades regidas o no por organismos reguladores; entre los cuales se encuentran las asociaciones cooperativas.

De esta ultima reunion, surgio la version No 4 del Boletin de Aplicacion VEN-NIF No 0 "Marco de Adopcion de las Normas Internacionales de Informacion Financiera"., en referencia a las entidades regidas por organismos reguladores destaca, en su parrafo 7: "LAS VEN-NIF SERAN APLICABLES POR TODA ENTIDAD QUE PREPARE SUS ESTADOS FINANCIEROS PARA USUARIOS EXTERNOS O REQUERIDOS POR CUALQUIER DISPOSICION LEGAL VENEZOLANA, SIEMPRE QUE NO ESTE OBLIGADA A LA PREPARACION Y PRESENTACION DE SU INFORMACION FINANCIERA DE ACUERDO A DISPOSICIONES EMITIDAS POR SU ENTE REGULADOR. LAS ENTIDADES NO LUCRATIVAS PODRAN AJUSTAR LAS DESCRIPCIONES UTILIZADAS PARA PARTIDAS ESPECIFICAS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS E INCLUSO PARA ESTOS. EN LOS CASOS DE ENTIDADES SUJETAS A ALGUN ENTE REGULADOR QUE EMITA NORMAS DE CONTABILIDAD, APLICARAN VEN-NIF CUANDO SU ENTE REGULADOR LO DISPONGA.'

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